MONITOREO Y ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN GEOPOLÍTICA EN EL MUNDO Y SU IMPLICANCIA EN LA PATAGONIA

Aseguran que prohibir la minería en Chubut es anticonstitucional

El abogado especialista de medio ambiente, Daniel Lago, aseguró que la prohibición absoluta de la minería en Chubut es «anticonstitucional» no solo porque «contraría los principios de la constitución provincial», sino también porque atenta contra el principio de «razonabilidad» que resguarda la Constitución Nacional.

En la Legislatura provincial ya ingresó en comisión el reglamento para realizar audiencias públicas sobre minería en Chubut, que presentaron los diputados Alfredo Di Filippo y Jorge Brúscoli.
En Chubut hoy rige la ley 5001 que prohibe la megaminería a cielo abierto y con cianuro, pero falta completar la zonificación de la actividad contemplada en la misma norma. Los intendentes de la meseta, encabezados por Mario Pichiñán, impulsan la zonificación minera en esa región.
En la vereda de enfrente, el diputado del CHST, Alejandro Albaini presentó un proyecto para prohibir la actividad minera con cianuro y cualquier otro material contaminante en toda la provincia.
En la tercera posición, el bloque FPV promueve un proyecto de ley para llamar a una consulta popular sobre la minería en las próximas elecciones a gobernador en 2019.

DESARROLLO «SUSTENTABLE»
En una charla con intendentes de la meseta y periodistas, Lago explicó que la Constitución del Chubut consagra el «aprovechamiento racional» de los recursos ambientales y además contempla la instrumentación de políticas que posibiliten «alternativas de producción en caso de agotamiento del recurso». En otras palabras, Lagos entendió que la Carta Magna provincial sostiene «primero explotemos el recurso (minería) y cuando se agote pensemos que va a pasar para que se mantega el desarrollo».
Según explicó el especialista, el concepto «minería sustentable», que se remonta al cambio de paradigmas de los años 60 y 70, está consagrado en la Constitución del Chubut y por ende en la Constitución Nacional, y se basa en tratados internacionales como la Declaración de Río de Janeiro en 1992.
A partir de estos acuerdos incorporados en la reforma constitucional, los países buscan promover la explotación racional de los recursos ambientales.
«La prohibición absoluta de una actividad en todo el territorio de la provincia es contraria al principio constitucional de razonabilidad, que quiere decir que todos los actos de las autoridades tienen que responder a un criterio de sentido común», explicó Lago quien deslizó que el proyecto de ley para prohibir la minería en Chubut no pasaría un planteo de inconstitucionalidad.
El abogado puntualizó que en materia de legislación ambiental la «racionalidad» es exigible a cualquier norma, desde una ley provincial hasta una ordenanza emitida por un Concejo Deliberante.

CAMBIO DE PARADIGMA
Daniel Lago es asesor en temas ambientales y actualmente se desempeña en Mendoza. Explicó que desde la década del 70 hubo un cambio de paradigma en materia de explotación de recursos ambientales, por el cual cobra vigencia en el mundo occidental el principio de «equidad intergeracional», uno de los principios rectores de la minería sustentable.
El giro ecologista, que ya se venía gestando en los años 60, abre un campo de discusión entre los países avanzados y el demominado «hemisferio sur» que puja por alcanzar los mismos niveles de desarrollo.
A partir de los años 70, se abre la discusión por la «legitimación» de los reclamos de ciudadanos y organizaciones preocupados por el deterioro del medio ambiente. El problema de los países emergentes pasa a ser cómo alcanzar mayores niveles de crecimiento sin poner en riesgo el patrimonio de las generaciones futuras. Es entonces cuando aparece el concepto de explotación «sustentable» de los recursos naturales.

Fuente: http://www.elchubut.com.ar/nota/2018-7-2-0-24-0-aseguran-que-prohibir-la-mineria-en-chubut-es-anticonstitucional