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Atuel: la Corte notificó a Mendoza por la demanda pampeana

La Pampa – El máximo tribunal de Justicia de la Nación hizo lugar al reclamo de La Pampa. El Gobierno local trabaja para una postura unificada.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación notificó este jueves de la demanda que la provincia de La Pampa le realizó a Mendoza por el río Atuel. Mientras tanto, el gobierno local evalúa la estrategia para la defensa judicial de sus derechos sobre el afluente, convocando a diversos sectores.

El gobierno pampeano, con la firma del mandatario Oscar Mario Jorge; del Fiscal de Estado, José Vanini; y con el patrocinio del Estudio Badeni, Cantilo, Laplacette & Carricart, demandó el año pasado ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a la provincia de Mendoza por el uso que esta última realiza del Río Atuel. Meses antes, abogados particulares habían hecho lo mismo, consiguiendo el aval del Tribunal Supremo.

Desde el Gobierno mendocino, el ministro de Legal y Técnica, Francisco Garcías Ibáñez confirmó a SITIO ANDINO que la notificación formal llegó esta mañana a las 2 y le fija a la provincia a dar una respuesta en un plazo máximo de 60 días hábiles.

Además, explicó que para esto el Ejecutivo conformó un comité integrado por Fiscalía de Estado, Asesoría de Gobierno y la Secretaría Legal y Técnica, junto a organismos técnicos como Irrigación y el Ministerio de Infraestructura para que trabajen en el tema. «Buscamos el consenso de todos los intendentes, asociaciones empresariales, la gente del Sur y la oposición. En esto toda la provincia tiene que lograr una posición uniforme», señaló García Ibáñez.

La demanda oficial de la vecina provincia consta de 400 páginas con más de 10.000 fojas de pruebas anexas. Y en la misma, La Pampa acusa a Mendoza de «violar una sentencia de la Corte Suprema de 1987 en que se reconoció la interprovincialidad del río, e incumplir además, convenios y compromisos suscriptos con posterioridad entre ambas provincias», señala el informe de la Subsecretaría de Medios de la vecina provincia.

«Mendoza ha sido la causante de un inmenso daño social en el noroeste pampeano; región que fue condenada al atraso en su desarrollo y al éxodo de su población debido al uso arbitrario del agua de ese río, cuyo caudal pampeano se redujo sensiblemente privando a su población de toda posibilidad de desarrollar una vida digna. Tal situación produjo un significativo daño ambiental, que debe ser remediado e indemnizado por Mendoza», sostiene la denuncia.

El conflicto es de vieja data, con reclamos que datan de principios del siglo XX. Además, La Pampa entiende que la obligación de reparar y recomponer los daños causados no podrá ser ajena al Estado Nacional, entre otros motivos, por su responsabilidad histórica en la negligente administración del complejo «Los Nihuiles».

Mientras tanto, a principio de este año, la agencia oficial nacional de noticias, Telam, publicó un informe acusando a Mendoza de tomar «decisiones unilaterales que han provocado graves perjuicios económicos a los pobladores del Oeste pampeano».

Incluso, la publicación claramente parcial, señala “el anhelo de recuperar lo que por derecho le pertenece a sus habitantes se traduce en esperanza y una intensa lucha que se transmite por generaciones. La Pampa no olvida. La Pampa tiene un río y eso se sabe en todos sus rincones”.

Al respecto, la respuesta de Mendoza fue elaborada desde la Asesoría de Gobierno y sostuvo que «la Corte Suprema de Justicia de la Nación ya atendió el planteo pampeano que hoy se repite. Allí, claramente realizó no sólo un detallado análisis de las políticas de desarrollo que en la historia se realizaron en ambos territorios provinciales (donde el abandono de emprendimientos en territorio pampeano tuvo más que ver con las dificultades de acceder a mercados –entre otras causas, por falta de ferrocarril- que por la posterior utilización del agua en Mendoza), sino que además descartó que el uso actual del agua en Mendoza implicaba algún abuso de derecho o ilegalidad».

La Asesoría de Gobierno entiende que aunque la Suprema Corte señaló la interprovincialidad del río, esta verdad es a medias si no se completa, y se presta para la confusión malintencionada.

Es que junto a esa interprovincialidad, el máximo tribunal de la Nación señaló un derecho en favor de Mendoza para mantener los usos actuales hasta por 75671 hectáreas, rechazando la pretensión pampeana de caudales por la insuficiencia de los mismos. Y sólo eventualmente, en caso de que se generaran usos futuros sobre esa realidad existente, recomendó a las provincias negociar en vistas a un uso equitativo y razonable».

Con esto, desde Asesoría de Gobierno consideran que el análisis íntegro del fallo referido muestra que, más allá de la interprovincialidad que reconoce, no existe ilegalidad en el regadío mendocino ni se puede sostener seriamente un incumplimiento por parte de Mendoza.

Historia del conflicto:

El de La Pampa es un reclamo histórico que incluso cuenta con un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que en 1987 consagró «la interprovincialidad del río» y dispuso que las provincias acuerden «los usos futuros del río» reconociéndole «a Mendoza la prioridad para regar» casi 76.000 hectáreas.

En el año 2008, los gobernadores de La Pampa, Oscar Jorge, y de Mendoza, Celso Jaque, firmaron en presencia de la presidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, un acuerdo por el uso de las aguas del Atuel. Acordaron un cronograma de obras para producir un ahorro en las pérdidas por infiltración del río mediante la impermeabilización de los canales de la red primaria y secundaria de riego en el sur mendocino. Con esas obras se iban a recuperar 10 m3 por segundo, otorgándole a cada provincia el 50% de ese recupero.

El artículo 16 del convenio se refiere a la obra Portezuelo del Viento. La Pampa dio su conformidad para el desarrollo de las obras para el Aprovechamiento Integral del río Grande -Presa y Central Hidroeléctrica Portezuelo del Viento- Trasvase del río Grande al río Atuel, “con arreglo al respeto por los procedimientos y la aprobación final por parte del Comité Interjurisdiccional del Río Colorado (Coirco)”. Hay un inconveniente: Mendoza quiere construir la represa en un lugar que no está especificado en el acuerdo interprovincial para el aprovechamiento de los ríos de la cuenca del Colorado. Para cambiar la ubicación, Mendoza debe obtener el visto bueno de todas las provincias de la cuenca, incluida La Pampa.

Ese convenio de 2008 debía ser ratificado por las legislaturas de las dos provincias: La Pampa lo hizo, Mendoza no.

En tanto, el río Atuel sigue sin correr por territorio pampeano.

Por qué no prosperó el acuerdo en 2008

El acuerdo suscripto en 2008 buscaba avanzar justamente en la realización de obras en conjunto, pero fue desechado por la Legislatura de Mendoza, no caprichosamente, sino basado –entre otras causas- en la situación climática reciente (insuficiencia de caudales por marcada disminución de nevadas, crisis hídrica y sequía), y en informes de organismos técnicos que cuestionaban la legalidad de ciertos aspectos del texto suscripto (especialmente, que disponía en transgresión al fallo judicial un caudal inmediato hacia el territorio pampeano, sin obras de recuperación previa que permitieran su generación en perjuicio de los actuales usuarios).

La Asesoría de Gobierno consideró también que se está omitiendo en el análisis efectuado que luego de la sentencia de 1987, ambas provincias arribaron en 1992 a un acuerdo en el cual Mendoza ha cedido el uso de una fuente hídrica externa a la cuenca del río Atuel (Punta del Agua), construyéndose en territorio mendocino una planta de potabilización y un acueducto que brinda suministro hasta para 6000 habitantes de las localidades pampeanas de Santa Isabel y Algarrobo del Águila. Es decir que Mendoza, dentro de sus acciones de buena vecindad, actualmente suministra agua para el doble de la población existente en la zona pampeana involucrada en el conflicto.

Por último, el organismo del Gobierno de Mendoza evaluó que sería importante que todas las instancias nacionales –sean políticas, técnicas o periodísticas- retomen todo análisis del conflicto con integridad y objetividad, sin tendencias e imparcialidades que generen confusiones, aumenten las tensiones, y consecuentemente dificulten el diálogo y toda posible solución entre ambas provincias.

FUENTE: Sitio Andino