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La CIDH intercede en el conflicto entre mapuches y privados en Villa La Angostura

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) notificó el 14 de enero último al gobierno argentino sobre la comunicación que había hecho el apoderado legal de la comunidad mapuche Paichil Antriao, Virgilio Sánchez, en la que informaba sobre la voluntad “de iniciar un proceso de solución amistosa” en el conflicto judicial que la comunidad mantiene con privados, en el sector denominado Pichunko en Villa La Angostura.

“En nombre de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, tengo el honor de dirigirme a su excelencia con relación al caso arriba citado”, dice la nota que la secretaria Ejecutiva Adjunta de la entidad, Marisol Blanchard, envió al ministro de Relaciones Exteriores y Culto del gobierno argentino, Felipe Solá.

“En esta oportunidad, cumplo con transmitirle copia de las partes pertinentes de una comunicación presentada por el peticionario (por la comunidad mapuche) en la cual expresa su voluntad de iniciar un proceso de solución amistosa en relación con el caso de referencia”, informa la funcionaria de la CIDH.

“Con base en lo manifestado por el peticionario, la CIDH ha decidido ponerse a disposición de las partes con miras a alcanzar una solución amistosa del asunto. Por ello, solicitó a su excelencia que manifieste a la CIDH dentro del plazo mes, contado a partir de la fecha de transmisión de la presente comunicación, si tiene interés en iniciar el procedimiento previsto en el artículo 48 (1) (f) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos”, plantea la nota.

El abogado de la comunidad explicó a LA ANGOSTURA DIGITAL que el peticionario es la comunidad Paichil Antriao.

“Es el procedimiento, la CIDH antes de instar un proceso de sanción del artículo 48 de la Convención al Estado parte (por Argentina), trata de arribar a una solución amistosa y para ello antes se comunica con el peticionario”, detalló.

“La CIDH se comunicó conmigo a fin de año para que le informara la posibilidad de una alternativa de solución amistosa al conflicto. Yo les dije que sí, ya que estábamos en un proceso de mediación penal por las causas vinculadas al conflicto”, contó Sánchez. “Entonces, la CIDH le comunica al Canciller de Argentina por un plazo de un mes. En caso de que no se conteste o la respuesta del Estado Argentino sea negativa, la CIDH comienza a darle curso al procedimiento del artículo 48 de la Convención, que sería un proceso de sanción”, describió.

Recordó que el proceso de mediación está terminado. Dijo que el juez había suspendido el juicio contra 7 miembros de la comunidad Paichil Antriao imputados por el delito de usurpación para que las partes llegaran a un acuerdo. “Pero luego llegó la pandemia y el juicio quedó suspendido”, comentó Sánchez. Dijo que el 9 de este mes fijaron una audiencia que pidió uno de los querellantes.

Antecedentes del conflicto

La fiscalía formuló cargos por el delito de usurpación contra Daniel Esteban Malpu, Damián Andrés Olivero, Andrés Leonardo Hernández, Nelson Gustavo Cárdenas, Lucas José Cahuinpan, Raquel del Carmen Bustos y Ángel Saúl Mellado.

El conflicto se originó cuando a mediados de abril de 2018, integrantes de la comunidad mapuche irrumpieron en lotes privados y se instalaron en ese lugar con el argumento de que efectuaban un resguardo territorial para impedir que se continúe destruyendo territorio comunitario y, asimismo, hacer tareas culturales de reparación y saneamiento del bosque afectado. Eso generó las denuncias de los propietarios en la justicia y allí, comenzó el conflicto judicial.

El abogado recordó que el 2 mayo de 2018, el Ministerio Publico Fiscal desestimó la denuncia realizada por la empresa “Fideicomiso Lago Correntoso”, por considerar que la comunidad no había cometido delito de usurpación al llevar adelante las acciones de resguardo en el sector “Pichunko”.

Rememoró que el 12 de junio de 2018, un grupo armado de al menos 12 personas encapuchadas (parapolicial), irrumpe en el resguardo territorial golpeando, amenazando a los miembros de la comunidad mapuche, destruyendo las instalaciones del resguardo, con el objetivo de desalojarlos.

El hecho se denunció y se inició una investigación. Dijo que la comunidad mapuche se constituyó en querellante y dos de los agresores identificados ya poseen formulados cargos por lesiones y amenazas por el ataque en despoblado y en banda. Los agresores no eran personas de la localidad, viven en la provincia de Buenos Aires.

La fiscalía recibió otra denuncia del cuidador del lote de Emanuel Ginóbili por el presunto delito de usurpación, que la fiscalía investigó junto con otras dos denuncias hechas por los titulares de dominio de tierras aledañas al resguardo.

Esos tres expedientes fueron los que dieron sustento a la imputación contra los 7 miembros de la comunidad mapuche Paichil Antriao.

Fuente: https://www.laangosturadigital.com.ar/judiciales/la-cidh-intercede-en-el-conflicto-entre-mapuches-y-privados-en-villa-la-angostura