MONITOREO Y ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN GEOPOLÍTICA EN EL MUNDO Y SU IMPLICANCIA EN LA PATAGONIA

llalonga aclaró los puntos del proyecto de ley que prevé regular generación distribuida

Buenos Aires.-Juan Carlos Villalonga, Diputado Nacional por Cambiemos, uno de los autores principales del

proyecto de ley que propone autorizar a los usuarios particulares la inyección de energía limpia a la red, brindó detalles técnicos, comerciales y políticas acerca del borrador que está discutiendo la Comisión de Energía en la cámara baja.
El martes pasado se llevó a cabo la primera reunión de Comisión de Energía y Combustibles de la Cámara de Diputados de la Nación donde se definió el temario para el período legislativo en curso.
En la lista se incluyó el proyecto de Ley de Generación Distribuida mediante energías renovables, documento que surgió como resultado de una unificación de propuestas de los legisladores Néstor Tomassi (Bloque Justicialista), Juan Carlos Villalonga (PRO) y Luís María Bardeggia (Frente para la Victoria), además del trabajo conjunto con varios sectores del rubro de las energías renovables, distribuidoras y cooperativas eléctricas, y hasta el propio Ministerio de Energía y Minería.
La semana pasada fue publicado el texto del Proyecto (descargar). Juan Carlos Villalonga, uno de los autores, profundizó sobre el texto proyecto.
¿Cómo es el esquema de generación distribuida que propone el proyecto?
El borrador actual representa una evolución de nuestro último texto de diciembre. Se realizó a partir del involucramiento de todas las áreas técnicas y legales del Ministerio de Energía. Esto recién se pudo hacer durante el verano, luego de que disminuyera el trabajo demandado por el Plan Renovar.
Un cambio sustancial respecto del texto anterior es que, mientras el borrador anterior partía de un sistema de “net-metering”, el actual lo hace desde un “net-billing”. El sistema net-metering, que sencillamente es el neteo de kWh entre consumidos e inyectados a la red que, si bien es un esquema factible y atractivo para muchos, lleva implícito que el usuario “cobra” por la energía que inyecta a la red lo mismo que paga por la energía que consume del distribuidor. Esto no era algo cómodo para varios actores del mercado eléctrico y generaba distintas opiniones. Recordemos que en el área de distribución tenemos un universo muy amplio de empresas privadas, empresas estatales y el cooperativismo eléctrico.
¿Establece tarifas diferenciales?
Ahora partimos de un sistema “net-billing”, en el que la energía inyectada a la red tendrá el valor “mayorista”, por decirlo de una manera sencilla. El usuario pagará la diferencia entre los valores facturados por lo consumido y por lo inyectado. Este esquema inicial o por “default” es el único cambio sustantivo respecto del anterior borrador.
Esperamos que este esquema nos permita arrancar sin conflictividad dentro del sector eléctrico,  esencial para poner en marcha la generación renovable distribuida en Argentina. En el Artículo 12 es donde se define el criterio para realizar la facturación. Ahora, esto no significa que se abandona la posibilidad de una tarifa de incentivo, algo que estaba explícito en el anterior texto, esa posibilidad sigue existiendo, sólo que dentro de un conjunto de herramientas de promoción que la Autoridad de Aplicación podrá ir utilizando acorde a su criterio y  la evolución del mercado. La Tarifa de Incentivo está contemplada dentro de la caja de herramientas de promoción con la que contará la Autoridad. Eso está descripto en el Capítulo 6, en el que se describen los beneficios promocionales y en el Artículo 21, sobre la aplicación del FODIS. En este punto, no hay diferencia sustantiva en relación a la tarifa de incentivo, puesto que el anterior texto también dejaba en manos de la Autoridad de Aplicación fijar su monto, una eventual segmentación por usuarios u otros criterios.
¿Qué modificaciones se fueron incorporando?
El texto tuvo varios cambios de redacción y hubo que estructurarlo de manera diferente al generarse el FODIS, más allá  de otras cuestiones de redacción. Creo que lo sustantivo es que por default partimos del net billing, luego todo sigue igual, con mejoras en la redacción y potenciando algunos instrumentos nuevos como el FODIS y el cargo a  la demanda.
El límite de los 30 kW que aparecían anteriormente como un segmento al que era importante garantizar un trámite muy simplificado por parte de las distribuidoras, se amplió para que en todos los casos que se quiera instalar una potencia que no supere la contratada para el consumo, se acceda a una tramitación ágil. En caso que el usuario quiera instalar una potencia mayor a la que tiene contratada para su consumo, también puede hacerlo a través de una autorización especial. Eso no cambió.
¿Se podrá discutir en la comisión de energía y combustibles?
Ya estamos trabajando con los asesores de la Comisión, y seguramente estaremos convocando a técnicos del Ministerio  y otros actores del sector. Hoy el tema está colocado dentro de la agenda de prioridades para la Comisión de Energía.
Si trabajamos bien y podemos hacer que las comisiones de Energía y la de Hacienda lo traten rápido, es posible obtener la sanción en Diputados antes de las elecciones legislativas de octubre. Vamos a trabajar para que sea así.
¿El Poder Ejecutivo acompaña el proyecto?
Este texto ha sido trabajado con el Poder Ejecutivo. Con la participación del Ministerio de Energía pudimos avanzar con una propuesta mucho más osada, porque anteriormente el texto señalaba que los instrumentos de  promoción (desde la tarifa de  incentivo o cualquier otro) se nutrirían de fondos provenientes del FODER, el fondo generado por la Ley 27.191. Ahora se va un poco más allá, la propuesta es generar un fondo específico, el FODIS, que se crea en el Capítulo 5 y que permite una jerarquización de la generación distribuida y una mayor claridad administrativa. Más aún, en el Artículo 28  se crea un cargo a la demanda eléctrica que permitirá nutrir ese fondo. Esta es una medida de enorme importancia.
Lo que se describe en el Capítulo 9 es de enorme importancia, porque la idea es que todos los usuarios (exceptuando a aquellos con tarifa social) vamos a comenzar a aportar con un porcentual para respaldar y acelerar el despegue y multiplicación de las renovables en el mercado eléctrico, tanto en la generación en el MEM como en su modalidad distribuida, a escala de usuarios finales.