MONITOREO Y ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN GEOPOLÍTICA EN EL MUNDO Y SU IMPLICANCIA EN LA PATAGONIA

Piden incorporar al código Penal de la Nación la figura de "Delitos Ambientales"

Santa Rosa – La Universidad Nacional de La Pampa (UNLPam) pidió incorporar en el anteproyecto del Código Penal de la Nación la figura de delitos ambientales que perjudiquen directamente a los ciudadanos, como el corte del río Atuel que desde años afecta la calidad de vida de los habitantes del oeste pampeano.

Se pretende una adecuación detallada de conductas que provocan «verdaderos desastres humanos y ambientales y ponen en crisis la convivencia armónica y el ejercicio de derechos fundamentales, provocando en el país y particularmente en La Pampa la existencia de refugiados ambientales, víctimas de la desertificación», en referencia al corte del cauce interprovincial en una decisión unilateral de Mendoza.

La propuesta es de la Facultad de Ciencias Económicas y Jurídicas a partir de una serie de debates realizados en esa casa de estudios y ya enviada al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación en agosto pasado, en el marco del informe final sobre las actividades desarrolladas.

Se propuso agregar «la tipificación de una conducta que resulta crucial en el contexto histórico de la Humanidad, que es perpetrada en forma dolosa o culposa», provocando «la interrupción o degradación de un recurso acuífero, lacustre o fluvial, que ocasione la desertificación de determinadas superficies».

La incorporación de esta cuestión concierne al título XI del Anteproyecto sobre delitos contra el medio ambiente, la fauna y la flora.

La comisión coordinadora que llevó adelante el análisis y debate del Anteproyecto del Código de la UNLPam está integrada por personas de los claustros estudiantil, Guadalupe Bustos; de graduados, Mariano Gette; y de docentes, Alejandro Osio, y por la coordinador del área de Derecho Público Cecilia Bertolé.

El informe indica que el artículo de referencia describe una serie de conductas típicas en cuanto «contaminare aguas, aire o suelo, diseminare enfermedad, plaga o especies biológica o genéticamente alteradas con grave peligro para la salud humana de mortandad de animales o de alteración o destrucción significativa de la flora».

FUENTE: LAARENA.com.ar