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En Rawson buscan modificar ordenanza que prohíbe la quema de cubiertas

Rawson.-El concejal del bloque Juntos por el Cambio, Juan Flores Revillot, presentó un proyecto de ordenanza tendiente a garantizar el compromiso de la gestión del intendente Damián Biss con el medio ambiente. La iniciativa fue elaborada junto a la Secretaría de Ambiente de la Municipalidad de Rawson. 

Buscan modificar la ordenanza que prohíbe la quema de cubiertas

En este sentido el concejal señaló que “tal como lo adelantó el intendente, Damián Biss, en la apertura de sesiones ordinarias, esta gestión municipal tiene un enorme compromiso con el medio ambiente, es por eso que nos pusimos a trabajar con la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable municipal, en proyectos relacionados con la sustentabilidad y el cuidado del ambiente”.

Flores Revillot aclaró que “este proyecto no pretende en absoluto restringir la libre expresión o prohibir los reclamos de los trabajadores, sólo se busca la protección de la salud pública, el medio ambiente y el patrimonio de la ciudad”.

Esta nueva ordenanza plantea dos cambios respecto a una anterior, “a la prohibición de quemar cubiertas le incorporamos la de cualquier elemento de material inflamable”, explicó y agregó que “además en este caso se establece una serie de multas monetarias a quienes infrinjan la ordenanza, tanto personas u organizaciones públicas o privadas”.

El edil subrayó los problemas de salud y ambientales que ocasiona el humo producto de la quema de cubiertas o similares ya que “se liberan sustancias como el monóxido de carbono, causante de daños neurológicos y cardiovasculares; tolueno que es altamente cancerígeno, óxido de plomo que es un causante de lesiones cerebrales, entre otros”.

“Quiero resaltar el trabajo en conjunto con la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable que puso a disposición todo el material y conocimiento para encontrar la mejor solución para este tema”.

Se establece que una vez identificada la quema o la intensión real de su realización “se dará intervención al Juez de Faltas de turno e inmediato aviso a las autoridades policiales para que arbitren los medios necesarios para impedir, detener o hacer cesar la actividad, identificar a las personas participantes y al Cuerpo de Bomberos de la ciudad para que proceda a apagar el fuego inmediatamente”.

“La violación de las prohibiciones contenidas en la presente norma será penalizada con una multa de 500 Unidades Fiscales (UF), a 1.000 UF cuando se trate de infractores particulares y con una multa de 5.000 UF a 10.000 UF aplicable a las Organizaciones o Personas Jurídicas que alienten, participen colaboren o avalen dichas conductas antijurídicas”, señala la norma. https://d-3818344963429844147.ampproject.net/2402080818000/frame.html

Fuente: El Chubut

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