Gabriela Sánchez.-El abogado de Sociedad Minera Argentina (Sominar) y Nieves de Mendoza explicó que todavía resta que se resuelva la cuestión de fondo luego de la medida cautelar de la Justicia Federal de San Rafael contra el INAI, por lo que podría haber una apelación.
El Juzgado Federal de San Rafael frenó el reconocimiento de tierras a comunidades en el sur provincial. A través de un fallo, suspendió la Resolución Nº 47/2023 del Instituto Nacional de Asuntos Indigeneas (INAI) que había reconocido “la ocupación actual, tradicional y pública de la Comunidad Lof Limay Kurref, perteneciente al Pueblo Mapuche”, en miles de hectáreas de los departamentos de Malargüe y San Rafael.
Sociedad Minera Argentina (Sominar) y Nieves de Mendoza consiguieron un avance en la disputa legal que llevan adelante ante la Justicia para dar marcha atrás la resolución Nº 47/2023 publicada a finales de enero por el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas.
“La medida cautelar que pedimos ante la Justicia Federal de San Rafael fue concedida y esto paraliza todo lo que el INAI quiera hacer en propiedad de Sominar y Nieves de Mendoza”, dijo el abogado de ambas empresas que lleva los procesos en paralelo, Pablo Alonso.
Además, explicó que se trata de una medida cautelar que frena el avance del expediente administrativo hasta que se resuelva la cuestión de fondo. “Hay que esperar a que se resuelva la cuestión de fondo porque el INAI todavía no ha sido notificado y tiene la posibilidad de acatar o apelar la medida cautelar”, señaló Alonso.
Por otro lado, el letrado explicó que acudieron a la Justicia Federal porque es la que entiende en cuenta a territorio y asiento de los involucrados. Además, indicó que las empresas solicitaron la nulidad de la resolución. “Esa posesión ancestral es nula para nosotros. Entendemos que la resolución está repleta de vicios en las formas y en el razonamiento”, sostuvo.
En relación a este punto, indicó que las empresas pudieron demostrar ante la Justicia provincial que alquilaban esas tierras y que son actuales propietarias.
Fuente: www.mdzol.com