La Secretaría de Ambiente y Cambio Climático de la provincia de Río Negro tiene un argumento valedero. En las playas ubicadas dentro del perímetro del Área Natural Protegida Punta Bermeja (La Lobería) no está permitido el acceso con mascotas, siendo la principal limitante para el visitante el no poder bajar con ellas a través del único acceso situado en cercanías del poblado marítimo.
El primordial objetivo de esta medida es evitar el esparcimiento de posibles enfermedades zoonóticas o enfermedades transmisibles comunes tanto a los seres humanos, animales silvestres y mascotas.
Un caso emblemático en estos últimos años resultó ser el COVID-19, así como también la gripe A (H1N1). Si un animal doméstico toma contacto con restos de animales sin vida podría contraer alguno de los patógenos (virus, bacterias y parásitos) que producen estas enfermedades y llevarlo luego al hogar y a la ciudad.
Así también la mascota podría traer enfermedades al ecosistema natural que rodea a uno de los mayores núcleos coloniales de lobos marinos de un pelo (Otaria flavescens) existentes en el continente sudamericano.
En muchos casos los animales domésticos son inmunes a estos patógenos y se convierten en vectores de estas enfermedades debido a la capacidad de desarrollar resistencia de forma natural o por las vacunaciones constantes. Algunas de las enfermedades identificadas en las especies son: tuberculosis en mamíferos y aves (tuberculosis zoonótica), psitacosis en cualquier especie de aves, brucelosis, salmonelosis, toxoplasmosis, rabia, entre otras. ¡Para evitar la emergencia de patógenos es necesario mantener el equilibrio de los ecosistemas naturales!.
Otras razones de la prohibición son el fomentar el descanso de las especies nativas que habitan la reserva natural y evitar los abandonos de mascotas que suelen suceder muy a menudo en los balnearios del país y convierten a los animales domésticos en asilvestrados, ocasionando graves desequilibrios en las redes tróficas y el ambiente en general.
Todo lo desarrollado con anterioridad se encuentra avalado legalmente por la Ley Provincial N° 2.669, el Decreto Provincial N° 1.280 (Plan de Manejo de la Reserva Faunística Punta Bermeja), la Resolución 0181133 de la Secretaría de Ambiente y Cambio Climático de Río Negro y la Ordenanza Municipal N° 6.824 de la municipalidad de Viedma.
Fuente: Noticisnet